En claves | Las sanciones de la Ley de Precios Justos
La nueva normativa que entró en vigencia el pasado 23 de enero contiene 16 tipificaciones de sanciones que surgen en base al artículo 114 de la Constitución.
Milángela Balza Ultimas Noticias
La nueva norma que entró en vigencia el pasado 23 de enero contiene 16 tipificaciones de sanciones que surgen en base al artículo 114 de la Constitución. Conócelas y mantente alerta para que no te penalicen
1. Te sancionarán con multa entre 200 y 5.000 UT si no colaboras con los funcionarios de la Sundde en cualquiera de sus procedimientos; si no ofreces información oportuna y veraz; si no compareces injustificadamente a alguna notificación que te hiciera el ente; si no cumples pertinentemente con las órdenes emanadas del organismo. Si reincides en estas infracciones, te multarán con 10.000 UT y cerrarán tu establecimiento hasta por 90 días.
2. Igualmente, deberás cancelar entre 200 a 20.000 UT si no informas a las personas sobre los bienes y servicios que les ofreces; si no proteges sus derechos jurídicos; si les haces algún tipo de publicidad falsa, engañosa o subliminal; si reciben un trato discriminatorio; y si no les brindas los bienes y servicios de forma continua, regular, eficaz y eficiente.
3. Si vendes productos alimenticios vencidos o bienes en mal estado, te penalizarán con una multa de 200 a 10.000 UT. Te sancionarán de la misma manera si compras productos de primera necesidad para revenderlos a precios superiores a los establecidos por la Sundde.
4. Si ofreces bienes o servicios a precios superiores a los determinados por la Sundde, te sancionarán por vía judicial con prisión de 8 a 10 años. Además, te ocuparán temporalmente tu entidad hasta por 180 días, más una multa de 1.000 a 50.000 UT. Te tocará esta misma penalización si restringes la oferta o acaparas para provocar escasez o distorsiones en los precios.
5. Podrás ir a prisión de 6 a 8 años si importas o comercializas bienes declarados nocivos para la salud y su consumo esté prohibido. Además, si vendes o exhibes alimentos, bebidas o medicamentos vencidos, podrás ir a la cárcel de 1 a 3 años.
6. Si desmejoras la calidad de los bienes, servicios o instrumentos para su producción o distribución, con el fin de alterar la oferta y demanda nacional, te sancionarán por vía judicial con prisión de 5 a 10 años. Además, te ocuparán tu inmueble hasta por 180 días, más una multa de 500 a 10.000 UT.
7. Podrás pagar de 10 a 12 años en prisión, una multa de 1.000 a 50.000 UT y ocupación temporal de tu empresa hasta 180 días si impides de manera directa o indirecta la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes.
8. Si condicionas la venta de bienes o la prestación de servicios, podrás ir a la cárcel de 2 a 6 años. Además, cancelarás una multa de 500 a 10.000 UT. Si vuelves a cometer la infracción, te ocuparán temporalmente tu lugar de trabajo hasta por 90 días.
9. Si incurres en el delito de extracción, serás castigado con 10 a 14 años de prisión.
10. Si cometes el delito de la usura, podrás ir a la cárcel de 4 a 6 años.
11. Podrás pagar cárcel de 6 meses a 2 años si alteras la calidad, cantidad, peso o medida de los bienes y servicios.
12. Si difundes por cualquier medio noticias falsas o empleas la violencia, amenaza, engaño para alterar los precios de los bienes o servicios, podrás ir a prisión de 2 a 6 años. Se te aplicará la misma sanción si te descubren en actos de corrupción.
En la mayoría de los casos, te pueden suspender del Registro Único y si reincides en los delitos, te pueden clausurar definitivamente tu establecimiento. La UT está a Bs. 127.
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