Programa Nacional de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis Animal en Venezuela
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Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.795 del 13 de octubre de 2003 Ministerio de Agricultura y Tierras
Resolución
Por cuanto, el estado debe garantizar la seguridad alimentaria de la nación, y por tanto le incumbe elevar la productividad y mejorar la calidad sanitaria de los productos de origen animal, para la cual se establecerá un control estricto sobre la Tuberculosis, tendiente a su erradicación en la especies bovina, bubalina, caprina, ovina, y porcina.
Por cuanto, la tuberculosis es una enfermedad de origen bacteriano que afecta a las diferentes especies animales especialmente bovina, bubalina, caprina, ovina, y porcina siendo además una zoonosis de gran importancia en el país.
Por cuanto el Ministerio de Agricultura y Tierras, conforme a lo previsto en la ley sobre defensas sanitarias vegetal y animal, es el organismo competente para prevenir, controlar y erradicar las plagas y enfermedades que afecten la producción animal y vegetal, a fin de garantizar, al publico consumidor, la calidad de los productos y subproductos de estos.
De conformidad con el numeral 8 del articulo 76 de la ley Orgánica de la Administración Publica, en concordancia con lo establecido en los numerales 1 y 2 del artículo 11 del decreto sobre organización y funcionamiento de la administración publica central, y los artículos 1 y 2 , literales c) y f), de la ley sobre defensas sanitarias vegetal y animal, este despacho resuelve dictar esta resolución.
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