EL CAMPO VENEZOLANO



"SI EL CAMPO CRECE, TODO EL PAIS CRECE, SI AL CAMPO LE VA BIEN, A TODA VENEZUELA LE VA BIEN"

13 sept 2014

Dentro de La Constitución Todo, Fuera de Ella Nada. Que Pasa con El Articulo 116 de La Constitución de La República Bolivariana de Venezuela?

Reformarán artículo 59 de la Ley de Precios Justos

Prevén incorporar la confiscación de todos los bienes de los contrabandistas.


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EL UNIVERSAL

El superintendente de Precios, Andrés Eloy Méndez, informó que la Ley de Precios Justos será reformada en su artículo 59, y que la modificación se hará vía Habilitante.

El mencionado artículo se refiere al contrabando de extracción, que señala que quienes incurran en dicho delito será castigados con pena de prisión entre 10 y 14 años. 

Se considera contrabando de extracción cuando "mediante actos u omisiones se desvíe los bienes declarados de primera necesidad, del destino original autorizado así como quien intente extraer del territorio nacional los bienes regulados por la Sundde, cuando su comercialización se haya circunscrito al territorio nacional".

Al respecto, Méndez señaló que "seremos más severos y se incorporará la confiscación de todos los activos vinculados a este ilícito (bienes inmuebles, muebles, etc)".

Recordó que el pasado jueves fueron juramentados 1.516 fiscales populares formados técnica y políticamente por la Superintendencia. Ellos forman parte de los 27 mil servidores de la Superintendencia que se desplegarán por todo el país para defender los derechos socio económicos.

En la reunión del Comité Estadal contra el Contrabando, participaron también los jefes militares de la zona y la Gobernadora del estado Falcón, Stella Lugo.

Allí se anunció la expropiación de una empresa dedicada al contrabando de combustible hacia los países vecinos (islas en el Mar Caribe).

Este jueves, el presidente Nicolás Maduro señaló que el nuevo objetivo es no solo confiscar e incautar los productos en flagrancia sino lograr confiscar las cuentas y propiedades de las personas involucradas.

Asimismo, informó que prorrogará por tres meses más a partir del día de hoy la medida de restricción de desplazamiento de carga y personas en las zonas fronterizas, así como las "medidas especiales" de persecución y castigo para los culpables de contrabando.

"Aquel que quiera dárselas de vivo y caer en vicios del rentismo, contrabandismo, nos tiene que encontrar con el puño cerrado y golpear duro al contrabando", expresó el mandatario. 

Pie de Nota: Artículo 116.

No se decretarán ni ejecutarán confiscaciones de bienes sino en los casos permitidos por esta Constitución. 

Por vía de excepción podrán ser objeto de confiscación, mediante sentencia firme, los bienes de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, responsables de delitos cometidos contra el patrimonio público, los bienes de quienes se hayan enriquecido ilícitamente al amparo del Poder Público y los bienes provenientes de las actividades comerciales, financieras o cualesquiera otras vinculadas al tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas y estupefacientes.


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