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7 ene 2015

En ocho días se prevé su constitución.

Cenbal deberá actualizar índices de desabastecimiento de alimentos

El Centro Nacional de Balance de Alimentos tiene entre sus atribuciones la aprobación de los Certificados de No Producción (CNP).


El Universal

El Centro Nacional de Balance de Alimentos (Cenbal) tendrá por objeto establecer los mecanismos de información real y actualizada de los índices de abastecimiento de alimentos en el país, centralizando todas las informaciones que sirvan tanto para las proyecciones de cosechas como para la compra de alimentos a nivel nacional e internacional.

Según la Gaceta Oficial  40.574, que circuló hoy, el nuevo organismo estará presidido por el vicepresidente del Consejo de Ministros, ministros de Seguridad y Soberanía  Alimentaria e integrada por los ministros de Agricultura y Tierras, Alimentación, Industrias, Comercio, Finanzas, Planificación, Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (Sundde) y el presidente del Instituto Nacional de Estadística (INE). Y se constituirá en los próximos ocho días.

Entre las atribuciones del Cenbal está informar semanalmente al presidente de la República, el balance agroalimentario sobre la situación de la producción nacional, las importaciones comprometidas y las coberturas en tiempo de los diferentes rubros alimenticios, así como los hechos que dificulten su obtención.

Advierte el decreto presidencial que "sin perjuicio de las competencias del Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), al Cenbal le corresponderá autorizar la aprobación de los Certificados de No Producción (CNP) en lo referente a la importación de materia prima, rubros, productos terminados, genética, suministros, insumos, maquinaria, repuestos y demás bienes vinculados al sector agroproductivo, necesarios y estratégicos para el abastecimiento alimentario de la población".

El Centro deberá presentar las recomendaciones tendientes a corregir el déficit puntual que pudiese detectarse en alguno de los productos alimenticios y al mismo tiempo, establecer un sistema de alertas tempranas, a los fines de evitar la inexistencia de rubros alimenticios y no alimenticios.

La disposición oficial contempla también que el Cenbal deberá informar a los órganos competentes a los fines de que éstos "impongan  las sanciones a que hubiere lugar por el incumplimiento de las obligaciones" previstas en el decreto.

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